Historia General del Pueblo Dominicano Tomo I

Poco tiem po después, y concretam ente el 1 8 d e octubre d e 1564, se term inó do perfilar el sistem a: la prim era flota zarparía. Ii nalm ente. en abril y estaría integrada por los buques que se dirigían a Veracruz. I londuras y las islas antillanas, m ientras que la segunda m antendría su lecha de sal ida en el m es de agosto y estaría form ada por los buques que se enviaban a Panama. Cartagena. Santa M arta y otros puertos d e la costa n o rte M A raíz d e la conquista de M éxico, la isla em p ezó a qu ed ar m arginada de las rutas del com ercio legal. Progresivam ente, lo s com erciantes sevillanos fueron d ejan do la antesala antillana atras para ven d er sus productos en la A m érica nuclear. 1:1 daño para la econ om ía de la isla fue inicialm cntc irreparable: por un lado, el poco género que llegaba lo hacía a precios disparatados y, por el otro, lo producido en la tierra, por abundante, era pagado a precios irrisorios. N o había eco n om ía que pud iera sop ortar eso ; era el alto precio que había que pagar por el m o n o p o lio com ercial sevillan o M Las autoridades isleñas intentaron rem ediar estos m ales por la vía diplom ática solicitando do m anera incansable dos m edidas: una. lijan do el precio de los productos europeos para ev itar que la escasez disparase los precios. Existían intereses verdadera m ente antagónicos y contrapuestos en tre lo s cargadores sev illanos, que pretendían que el m ercado im pusiese su ley. y las élites locales que eran las grandes perjudicadas p o r la inflación. Ya en l$l 5 la C o ro n a recrim inó a las autoridades locales por las quejas de los com erciantes sevillanos, orden an do que en adelante perm itiesen ven der librem ente los productos que llegasen d e la Península"'1 M Y otra, conseguir un priv ilegio especial p o r el que se liberalizara el com ercio. Pretendían cargar m ercancías con destino a M andes y a otros reinos del Em perador, sin tener tan du ro trib u to de pasar por el rio de Sevilla-.115 Y asim ism o de tendían que desde cualquier puerto de los reinos hispánicos, incluido I laudes, se' pudiese cargar librem en te con destino a Santo D om ingo, l as peticiones para conseguir el libre com ercio fueron una auténtica obsesión a lo largó d e todo el siglo x v i Ya en 1$ 0 8 la Junta de Procuradores de la isla, encabezada p o r A n to n io Serran o y D iego de N icucsa. lo solicitó encarecidam ente, peto la negativ a d e la C o ro n a fue taxativ a. La C o ro n a estaba ya decidida a centralizar el m on opolio en Sev illa, con C á d iz com o puerto secundario. Pero las autoridades antillanas, d ad o lo que se jugaban, no desistieron com o se dem ostró nuevam ente en la Junta de Procuradores de I$i8. C on cretam en te solicitaron lo siguiente: uno. que pudiesen cargar librem en te para Castilla, azúcar, brasil, algodón, sin pagar alm ojarifazgo: dos. que pudiesen com erciar librem ente con las dem ás islas antillanas y con I ierra I irm e: tres, que desde cualquier puerto d e la Península pudiesen env iar m ercancías a la Española, incluidos esclavos negros, sin pasar por Sev illa v que. adem as, se trajesen en gran cantidad para abaratar los precios: y cuatro, que se llevasen labradores que quisiesen poblar la isla, incluidos los extranjeros, y que los que inventasen algunas granjerias . gozasen d e Iibertades"" M E11 l$ 2 “ . I$28. i$ ? o y 1$ ? ’ la isla volvió a insistir en su reivindicación de com erciar librem en te con la m etrópolis, o al m enos en lo concerniente a los tres grandes productos de exportación , el azúcar, los eneros y la cañafístula: Que porparte de cala islase lia suplicado muchas recesa \ ’uestra Majestad mandase dar lieeneia para que los azúcares, cueros y cañafístula. que es cosa de lagranjeria de la tierra, en cuyo despachoparece que consiste lodo el bien y población de ella, se pudiesen llevar desde esta isla derechamente a I laudes porque allí, y según se dijo, tiene mucho despacho y muy aventajado asi en la venta de estagranjeria como en el retorno que de mercaderías ygente de ella sepuede traer"' K Las acusación es se d irigieron hacia los m er­ caderes sev ¡llanos a los que achacaban una intencionalidad d e beneficiarse a costa de env iar solo lo justo. Se trataba de la prim era vez que se cuestionaba seriam ente la posibilidad d e instaurar el libre registro. La apertura de varios puertos peninsulares al co ­ m ercio indiano llegó, definitivam ente, en IS 29 :" ' sin em bargo, com o m uy bien afirm o I laring, esta ley d e libre com ercio para algunos puertos 110 fue m ás que letra m uerta puesto que ni supuso libertad de com ercio, ni por supuesto registros sueltos.1"’ La élite criolla dom inicana no desistió y todav ¡a en 1588 sus m iem bros volvieron a reivindicar que lo s barcos pudiesen ir y ven ir a la Española librem ente, -con flota o sin ella para que llev en y valgan los fru to s-1’" X Lo cierto es q u e el fracaso d e las propuestas de libre com ercio, su exclusión de los circuitos com erciales y la im posibilidad d e fijar precios colocaron a la isla en una situación lím ite. C u an d o un barco en traba en el puerto de San to D om ingo, los vecinos com praban la m ercancía europea y em barcaban los productos d e la isla para ser vendidos en Sev illa p o r algún factor. Pero las distancias y la escasa com unicación prov ocaban que el retorno d e los beneficios so dem orase p o r espacio de varios años I lern and o d e Sanabria. un zapatero zafrensc afincado en Santo D om in go desde 156 1. tenía abandonado su oficio y so dedicaba al env ío a Sev illa de prod uctos d e la tierra. El 28 de abril de 1581. Sanabria otorgó poderes en la capital prim ada a Jorge Rodríguez, tam bién residente en la isla, para que acudiese a Sev illa a cobrar todas y cualesquicr m aravedíes y pesos d e oro y plata o reales, cueros, azúcares, cañafístulas. jengibre y otras cosas cualesquiera de cualquier calidad y gén ero q u e sean que las tales persona o personas m e deban o d ebieren y sean obligados a m e Real * icdula a los Inoces do Apelación do la I spañola M onasterio do A bra jo. 22 do abril do 151 4 A G I Indi fere'uro 1 ¡eneral 410. lib 4. tol. 1 1~\ ro. 1 iSr "M u esos térm inos se expreso la Audiencia de Santo D om ingo cu lina carta al Iimperador, techada el 2 0 de lebrero de 1s 32. \t < I. Santo D om ingo 49. R.í. " luntnde Procuradores de la IspaAola. 151# AGI. Samo Domingo— R.i.num 1 2~ 1 Respuesta a la ciudad de Santo Domingo. Valladolid. 28 de junio do 152". A G I Indiferente * ¡eneral 421. lib. 12. tol. i .j |\ to. i.| 5 vto. L 'arta de la ciudad do Santo Domingo a Su Majestad. 24 do octubre de 1528 A G I. Patronato i~ 4 . R 4 0 t ¡arta do la \udicnciadc Santo Dom ingo a Su Majestad. 20 de lebrero de I 5?2 \G I. Santo I)om ingo 49 . R i tiarta de la Audiencia do Santo D om ingoal I mporador. Santo Domingo. 10 de abril de i 5 $o A G I. Santo Domingt>49. R.I. num 4 ‘"Real Pros ision a los oficiales do la Ciasa do la t iontratación do So\ illa, 15 de enero de 1529. \G I. Patronal»* i“ »v R I a les de 152 9 fue derogada A nalm ente on diciom bro do 1 5 ~ ? I laring. ( '.omcrcioy nangtición pp 2 0 -2 1 G enaro Rodrigue/ Morel CartasdelCabildoJe lacitiAidJe Sanio Domingo, pp.441 442 iiim o k i n ;i n i k \ i n i 1 ri. 11110 n o \ u \ i» \ \ o 308

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